miércoles, 11 de marzo de 2015

Honduras: ¡Mataste a un niño!, II Parte

5…Los coroneles no tienen quien los audite…
 Escrito por Redacción | Marzo 9 del 2015  Secciones: Investigaciones
Tegucigalpa, Honduras (Conexihon).- Para medir el honor, lealtad y sacrificio; para conocer la transparencia institucional; para escrutar cómo reaccionan las Fuerzas Armadas cuando uno de sus miembros es sospechoso de un delito; se solicitó información de altos mandos castrenses investigados criminalmente por la Fiscalía Especial de Derechos Humanos porque habrían encubierto el homicidio contra el adolescente Ebed Yaassiel Yanes Cáceres, de 15 años, cometido por sus subalternos.
La solicitud se hizo el 2 de febrero de 2015 y fue negada por las Fuerzas Armadas porque, según sus funcionarios, es información clasificada.
El 5 de febrero de 2015, la secretaria general de las Fuerzas Armadas, la abogada Olga Suyapa Irías, mediante Memorándum S. G. No.016-2015, recomendó declarar sin lugar la solicitud de información pública “en virtud de que la información requerida en su totalidad cuenta con restricción del acceso por ser clasificada como reservada”.
Irías envió el Memorándum S. G. No.016-2015 con instrucciones del titular de la Secretaría de Defensa, Samuel Reyes. 
La denegatoria es acompañada por una resolución de reserva de información del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) que únicamente clasificó como reservada información que pueda poner en riesgo la defensa nacional. 
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Condenaron al sargento y liberaron a los coroneles
El cansancio de la sed de justicia de parte de Wilfredo Yánes se nota en las arrugas debajo de sus ojos. Desde que mataron a su hijo, inició el camino para conocer qué pasó esa madrugada. La mañana siguiente después de la muerte de Ebed Yassiel Yanes Cáceres, habló con los vecinos, unos tenían miedo y no querían hablar, otros, en cambio, recogieron casquillos enredados en la maleza, que los militares no detectaron cuando limpiaron la escena del crimen.
Uno de los vecinos, que después se convirtió en Testigo Protegido, le entregó a Yanes los casquillos que serían determinantes para comprobar científicamente que la bala salió de un fusil militar. 
Este crimen ocurrió el 27 de mayo de 2012 y casi tres años después, el proceso sigue abierto en Juicio Oral y Público. El 6 de febrero pasado la Fiscalía pidió 20 años de cárcel para el sargento homicida, Eleazar Abimael Rodríguez. 
Los demás imputados salieron libres porque aunque participaron en el homicidio, la Fiscalía sólo los acusó por abuso de autoridad y encubrimiento y al tipificar mal el delito cometieron un error.
El Tribunal de Sentencia aún no define la pena concreta para el único condenado, mientras tanto, en otro juicio, por este mismo crimen, los altos mandos de las Fuerzas Armadas recibieron carta de libertad.
Desde abril de 2013, la Fiscalía enjuició a altos mandos castrenses. Sin embargo, el 2 de febrero de 2015, el Juzgado de Letras de lo Penal dio a conocer que la Corte Primera de Apelaciones ordenó revocar el auto de prisión, dictado en el juzgado de primera instancia.
Los altos mandos de las Fuerzas Armadas fueron acusados por encubrimiento, abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios porque obstruyeron la investigación criminal para encontrar a los homicidas del adolescente, sostiene la Fiscalía.
El Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Honduras (Cofadeh), como observador en el juicio contra los coroneles y oficiales militares, anunció que la Fiscalía impugnó para que la Corte Suprema de Justicia revoque la libertad de los coroneles, tenientes coroneles y demás oficiales enjuiciados criminalmente.
Durante estos juicios, ha habido dificultades en el acceso a la información, posposición de audiencias judiciales, numerosos recursos e impugnaciones que dilataron el proceso penal.
Como muestra, el 25 de junio de 2014, mediante una cedula de notificación la Corte Primera de Apelaciones le pidió a la defensa de los militares ser leal con la justicia: “la defensa debe actuar con absoluta lealtad ante la justica pues su función no es la de lograr a toda costa y a cualquier precio que los asuntos a ellos encomendados se resuelvan de acuerdo con sus intereses, actuar de esta manera equivale a un acto de deslealtad para la administración de justicia y ello lo prohíbe el Código de Ética del Profesional Hondureño del Derecho, en el artículo 11”, advirtió la Corte de Apelaciones.
Esta apelación fue realizada por el abogado Jacobo Salandía contra una decisión del Juzgado de Letras de lo Penal de la Sección Judicial de Tegucigalpa del 25 de febrero de 2014 con el fin de anular una parte de las actuaciones judiciales.  El tribunal de alzada declaró sin lugar la petición.
A juicio del defensor Salandía, en este caso hay preferencia de la justicia porque se enjuició a los militares, mientras en otros procesos se ha investigado a policías y se les ha dejado en libertad con una resolución de sede administrativa del Ministerio Público.
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Alto comisionado de los DD.HH. conoce crimen contra adolescente
El Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas conoce las supuestas irregularidades denunciadas en el proceso de enjuiciamiento de militares implicados en la muerte del adolescente Yanes Cáceres.
La Relatoría Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias de la oficina del alto comisionado conoció del caso luego de diligencias del Cofadeh.
El fiscal de derechos humanos, Luis Fernando Padilla, reconoció que hubo un error de la Fiscalía de Derechos Humanos al acusar únicamente a Eleazar Abimael Rodríguez por homicidio y aunque el Tribunal de Sentencia falló que los tres son homicidas no se les puede volver a enjuiciar.
La única salida es que mediante el recurso de casación, que promoverá la Fiscalía, la Corte Suprema de Justicia acepte realizar un nuevo juicio.
Desde la audiencia preliminar, que elevó este caso a juicio oral, pedimos acusar a los tres acusados por homicidios, pero la jueza Elvia Matamoros lo declaró sin lugar.
También Cofadeh, que actuó en el juicio oral como parte acusadora privada, pidió ampliar la acusación por homicidio, interpusieron un amparo y éste fue negado por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, eso indica que se debió acusar por homicidio desde el inicio, explicó el fiscal.
Según el Libro de Novedades del Comando de Operaciones Especiales (COES) el arma homicida estaba asignada a Eleazar Abimael Rodríguez Martínez. Las pruebas de balística determinaron que con esa arma le causaron la muerte, pero no pudieron determinar quiénes dispararon y de qué fusiles militares salieron las demás balas que ocasionaron una segunda herida accidental en el costado del adolescente y dañaron la motocicleta.

 http://conexihon.hn/site/noticia/derechos-humanos/investigaciones/%C2%A1mataste-un-ni%C3%B1o-ii-parte

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