CONSIDERANDO:
Que desde el día 23 de Julio 2013,
fecha en que el señor Evelio Reyes, dirigente de la Iglesia Evangélica Vida
Abundante y de la Confraternidad Evangélica, rindiera declaración de imputado
por el supuesto delito de discriminación en perjuicio de personas de la
diversidad sexual y que posteriormente manifestara públicamente que está
viviéndose una “persecución de la iglesia” aprovechando hacer un llamando a la
ciudadanía, a los cristianos y a la Iglesia a unirse: “para luchar por la
contrarreforma del artículo 321” porque según manifiesta el pastor evangélico
“nos afectan a todos” y reitera que “la ley nunca debe proteger a la minoría”.
Además incita a los jóvenes a quienes dice el líder religioso: “he desafiado a
tener convicciones, a vivir por sus convicciones y aun morir por
ellas”.
Que las ciudadanas y ciudadanos han tenido acceso a información
pero la misma ha sido mayormente sesgada y relacionada con asuntos que no se
ventilan en este proceso judicial con la intensión de confundir e inducir a la
intolerancia, lo que favorece que personas lesbianas, homosexuales y trans
género que puedan resultar afectadas y afectados en su convivencia social y
acceso a justicia por las distorsiones en la información difundida.
CON
TODO RESPETO ACLARAMOS A LA POBLACION HONDUREÑA
1. La causa judicial
instada contra el señor Evelio Reyes, no obedece a una persecución de la Iglesia
Evangélica pues respetamos la libertad de culto y libre ejercicio de las
religiones es un derecho individual garantizado por la Constitución de la
República en su artículo 77. Sin embargo “estos derechos de libertad de
conciencia y de religión no pueden ser invocados para justificar leyes políticas
o prácticas que nieguen el derecho a igual protección ante la ley o que
discriminen por motivos de orientación sexual o identidad de
género”.[1]
2. El Estado de Honduras es laico, el segundo párrafo del
artículo 77 de la Constitución de la Republica estipula que los ministros de las
diversas religiones, no podrán ejercer cargos públicos ni hacer en ninguna forma
propaganda política, invocando motivos de religión o valiéndose, como medio para
tal fin, de las creencias religiosas del pueblo. Es contrario a la constitución
que Ministros de fe apoyen a determinados partidos y discriminen a personas que
aspiran a optar a cargos públicos por su sola orientación sexual, el proceso
electoral de un país democrático debe estar separado de la Iglesia cualquiera
que sea la Doctrina religiosa que profese.
3. Toda persona tiene derecho
a un recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes que le amparen
contra actos que violen sus derechos fundamentales-- incluidas aquellas de
identidad u orientación sexual diferente a la heterosexual. Será pues el Juzgado
Competente basado en la ley el que declarará con lugar o sin lugar y resolverá
sobre el recurso interpuesto por las personas que se han considerado afectadas
por los actos, expresiones y sugerencias del líder religioso en lo relacionado
al llamado que hiciera de “NO votar por las personas que tuvieran una condición
de identidad u orientación sexual distinta de la tolerada por su persona, basada
en su religión” y por las opiniones en que claramente expresa su desprecio por
estos hondureños y hondureñas.
Las ciudadanas y ciudadanos que se
consideraron afectados siempre han expresado que en ningún momento se ha actuado
contra el señor Reyes por su religión, ni por su condición de líder religioso,
tampoco se han emitido comentarios contra la iglesias, simplemente se le ha
pedido su respeto a la dignidad humana y a las diferencias individuales en un
Estado Laico, bajo el principio de que todas y todos los hondureños somos
iguales ante la Ley y que la discriminación debe detenerse.
4.
Especificamos que la reforma al artículo 321 aprobadas en 2013 NO FUE FUNDAMENTO
del recurso judicial (Requerimiento Fiscal) interpuesto por la fiscalía de
derechos humanos en defensa de los ciudadanos que se han experimentado afectados
por discriminación. Dicho recurso se enmarca en el Artículo 321 del código penal
que en la fecha en que se dieron los hechos (2012) no había sido reformado, sin
embargo procedió debido a que la discriminación ya era punible conforme a lo
establecido en la constitución de la Republica y el Código
Penal.
Instamos a las hondureñas y hondureños defender la reciente
reforma al artículo 321 del Código Penal, aprobada por el Congreso Nacional con
el total respaldo de su Presidente y la opinión favorable de la Corte Suprema de
Justicia a la propuesta de reforma que enviara el Poder Ejecutivo a través de la
Secretaria de Justicia y Derechos Humanos, con el fin de cumplir con las
obligaciones legales de los Estados de proteger a cada ciudadana y cada
ciudadano Hondureño, (a), para que no sea discriminado, odiado, despreciado,
perseguido o víctima de cualquier forma de violencia o ataque, por su perfil o
condición personal. Este precepto 321 del código penal, nos protege a todas y
todos de que arbitrariamente o ilegalmente se nos obstruya, restrinja,
disminuya, impida o se nos anule el ejercicio de nuestros derechos individuales,
colectivos o se nos deniegue la prestación de un servicio profesional por las
condiciones que nos vulnerabilizan.
Lamentablemente, el pastor Reyes y la
Confraternidad Evangélica de Honduras, en las recientes declaraciones proponen
la contra-reforma el artículo 321 que recoge el derecho a universal a la no
discriminación por motivos de sexo, género, edad, orientación sexual, identidad
de género, militancia partidista u opinión política, estado civil, pertenencia a
pueblos indígenas y afro descendientes, idioma, lengua, nacionalidad, religión,
filiación familiar, condición económica o social, capacidades diferentes o
discapacidad, condición de salud, apariencia física o cualquier otra que atente
contra la dignidad humana de la víctimas. [Diario oficial la gaceta de fecha 6
de abril, 2013]
5. A los medios de comunicación se les agradecen los
espacios aclaratorios y respetuosamente se pide que sus opiniones, reflexiones,
encuestas se orienten a generar entendimiento, respeto, justicia y protección
para todas y todos los ciudadanos. Evitar ser fuente o un canal para incitar al
odio, promover la discriminación, el desprecio y la intolerancia contra personas
o grupos pues son estas las condiciones idóneas para hacer una persona y una
sociedad violenta:
Expresiones como: “la iglesia es perseguida” en un
país predominantemente cristiano o incitar a los jóvenes a “morir por la causa”
y/o relacionar la orientación sexual y la identidad de género con asuntos y
prácticas ilegales como la zoofilia y la pedofilia solo provocan el desprecio y
promueve la intolerancia entre los ciudadanos y ciudadanas. Referirse a estos
argumentos falsos incita al odio y solo contribuye a incrementar las más de
55,000 hondureñas y hondureños muertos violentamente en los últimos 10 años.
En un Mundo Diverso, la Igualdad comienza con vos…
Cattrachas, 12 de
agosto de 2013
[1] [Relatores de las Naciones Unidas y miembros de la
Comisión Internacional de Juristas “principio sobre la aplicación de la
legislación internacional de DDHH en relación con la orientación sexual e
Identidad de género”. Principio número 21 de Yogyarcarta, Indonesia en el año
2006].
Indyra Mendoza
**********************************************
Nombran comisión legislativa para analizar reformas al artículo 321 del Código Penal
Autor del articulo: Proceso Digital / 9.08.2013
Tegucigalpa- El vicepresidente del
Congreso Nacional, Mauricio Oliva, informó que se conformó una comisión
especial que analizará la reforma al artículo 321 del Código Penal, por
el cual el pastor de la iglesia Vida Abundante, Evelio Reyes, está
demandado ante los tribunales, acusado del delito de discriminación.
La
moción fue presentada por el diputado Jorge Alberto Elvir, ante el
pleno del Congreso Nacional en el sentido que una comisión especial
realice un proceso de socialización con la sociedad hondureña, para que
se pronuncie sobre una reforma al artículo 321 del Código Penal, que
penaliza la discriminación contra los homosexuales, entre otros grupos.
Según
explicó, actualmente las reformas que se hicieron al artículo 321 del
Código Penal han sido motivo de controversia entre la población,
particularmente en los círculos religiosos, ya que este artículo ataca
la libertad de expresión y de culoto, que no puede ser constitutiva de
delito.
En
ese sentido, el legislador pidió al Congreso Nacional que se analice
esa reforma impulsada en febrero de este año y que da lugar a la
acusación que ha sido objeto el pastor general de la iglesia cristiana
Vida Abundante, Evelio Reyes, por llamar a sus feligreses a votar por
aquellas personas cuya conducta se asemeja al modelo de Dios.
Los
grupos de homosexuales del país se sintieron ofendidos con el mensaje
del pastor evangélico y procedieron a entablar una demanda en su contra.
El pasado 12 de junio, el Ministerio Público, a través de la fiscalía especial de Derechos Humanos, interpuso requerimiento fiscal contra
el pastor evangélico Evelio Reyes por el presunto delito de
discriminación en perjuicio de cuatro ex candidatos a diputados por el
partido Libertad y Refundación (Libre) que pertenecen al género gay y
transgénero.
***********************************
ANACRONISMO, BIBLIA Y HOMOSEXUALIDAD
Aún hoy me alegra y divierte ver la serie de dibujos animados titulados “Los
Picapiedras” y la proyección sobre aquella lejana y remota Edad de Piedra de
muchos elementos comunes que hacen al confort de nuestra vida cotidiana actual.
Me causa risa el verlos desplazarse de un lado a otro con el “troncomovil”
familiar y la intensa comunicación social a través del “cuernófono” y ver las
reacciones de la pequeña cría de dinosaurio transformada en la mascota
hogareña llamada justamente “Dino”. Todo esto se llama “anacronismo”.
Si vamos a cualquier diccionario que tengamos a mano veremos que definen esta
palabra como: “Error de cronología que consiste en situar un hecho en época
distinta a aquella en que sucedió”[1]
Este es justamente el error que
cometemos cuando hablamos de Biblia y homosexualidad. Ningún escritor del
Antiguo o del Nuevo Testamento conocía ni clasificaban a las personas de acuerdo
al criterio de “orientación sexual”.
Este es un aporte reciente de la
investigación científica que no es anterior a 1869. Por lo tanto buscar una
respuesta o un esclarecimiento en textos anteriores a esa fecha es cometer un
error que no es siempre inocente.
Actualmente el sistema de Naciones Unidas
en general no puede hablar de homosexualidad porque aún en algunos países su
manifestación y su práctica se la considera un delito. Es por ello que las
distintas divisiones de ese sistema internacional habla de “hombres que tienen
sexo con hombres” presuponiendo que todos ellos son lo que hoy llamamos
heterosexuales. Esa es exactamente la situación con los textos bíblicos. Todos
ellos y todos sus autores consideran a todas las personas como de
orientación heterosexual porque ignoran la homosexualidad al igual como
ignoran que la tierra gira alrededor del sol. Por lo tanto si consideramos los
famosos textos utilizados para condenar a las personas de una orientación
diferente a la heteronormativa veremos que adquieren una posibilidad
hermenéutica totalmente diferente. Ninguno de ellos se aplica a aquellas
personas que hoy consideramos constitutivamente de orientación homosexual en
cuanto tales.
Actualmente el mundo científico y muchos estudiosos de las Escrituras
consideran la orientación sexual como establecida en forma involuntaria en una
etapa muy temprana del desarrollo humano y que es irreversible. Nadie en ningún
lugar ni en ningún tiempo puede controlar la adopción de su orientación sexual.
Todas las personas descubren su orientación sexual que nunca es una opción.
Aquello que si es una opción y es el área en la cual ejercemos libremente
conductas responsables en cuanto al ejercicio de esa orientación sexual,
cualquiera que ella sea.
En este sentido es muy interesante conocer la historia de las personas que
escriben con la mano izquierda, es decir, las personas zurdas[2] Cuando la
iglesia cristiana estaba en la cima de su poder político, consideraba la mano
izquierda como la mano del demonio, la mano siniestra. Por lo tanto, y en
especial las mujeres zurdas eran frecuentemente consideradas servidores de
Belcebú y rapidamente quemadas en hogueras celebradas por el resto de la
comunidad.
Cuando la iglesia pierde ese poder de control sobre el estado, se
pasó a considerar este hecho de utilizar la mano izquierda cuando la mayoría
normativa utiliza la derecha como una enfermedad. Aún guardo memoria de una
prima a la cual se la torturaba para que aprendiera a coser con la mano derecha.
Por suerte y para tranquilidad de todos los primos y primas logró aprender a
coser
con la mano derecha pero todo aquello por lo cual no fue castigada o
forzada, su naturaleza afloraba nuevamente y volvía a utilizar la mano
siniestra. Es decir, se podía contradecir su naturaleza y obligarla a asumir
conductas semejantes a la de la mayoría normativa diestra, pero su naturaleza
de base consistentemente continuaba siendo siniestra para preocupación de toda
la familia.
Actualmente todos en el mundo científico, las iglesias que nunca pidieron
perdón a esa infinidad de mujeres quemadas en fundamentalistas hogueras de la
ignorancia, y todos los establecimientos educativos han asumido que el utilizar
la mano izquierda no es ninguna siniestra realidad, sino que forma parte de la
diversidad humana. Sorprendentemente el número de zurdos en cualquier cultura,
sociedad, iglesia o universidad es semejante al número de personas de
orientación homosexual. No quiero decir con esto que las y los zurdos sean
homosexuales sino que la diversidad humana es más compleja y rica de lo que
queremos admitir. No se sabe por qué una persona utiliza preferentemente la mano
o el pie derecho como tampoco se conoce porque una constante y consistente
minoría lo hace del ladoopuesto. Indudablemente no es una ventaja ser zurdo en
un mundo de diestros y diestras. Todo esta hecho para ser utilizado por la mano
derecha: teléfonos, tijeras, escritura, etc. ¿Será posible pensar que con
relación a la orientación homosexual estamos con atraso recorriendo el mismo
camino?
Anacronismo y Biblia
Actualmente y utilizando la misma metodología de la teología y
hermenéutica feminista se están realizando relecturas de las Escrituras y su
contexto histórico que nos muestran la presencia invisibilizada de la diversidad
sexual, tanto en el Antiguo como en el Nuevo Testamento[3].
Con relación a los famosos siete textos utilizados para fundamentar el
anacronismo hermenéutico tenemos que utilizar un método conocido para tratar
de comprender al menos aquella escena que siempre se ha utilizado como ejemplo
de la ira de Dios y que durante los tiempos más oscuros le dio el nombre a esta
orientación sexual.
El relato de Sodoma y Gomorra en el libro de Génesis (19:1-19) indudablemente
no se refiere a aquello que hoy llamamos orientación homosexual porque ningún
dato histórico, científico o cultural nos muestra que todos los varones de una
ciudad sean de orientación homosexual. Aquí estamos ante un hecho común en
situaciones de guerra: la humillación de los varones heterosexuales caídos
prisioneros en manos de sus captores también heterosexuales que los degradaban a
través de la penetración sexual a la condición de ciudadanos de segunda al
obligarlos a asumir una actitud considerada femenina. Esta era una práctica
común en el contexto histórico en que se escribe el relato. Es esa violencia y
ese abuso lo que se está cuestionando y es la ruptura de las reglas de
hospitalidad tan rígidas y generosas en las sociedades nómadas de aquel entonces
y de ahora.
Igualmente las Escrituras cuando internamente se refieren a las dos ciudades
nunca relacionan su pecado con ninguna cuestión sexual. Esa es una relectura
posterior a la redacción del Nuevo Testamento. La lectura profética de este
pasaje asume que el pecado de Sodoma y Gomorra, anterior al intento del abuso
sexual, es interpretado por Isaías de la siguiente forma: “¡Escuchen la
palabra del Señor, jefes de Sodoma! ¡Presten atención a la instrucción de
nuestro Dios, pueblo de Gomorra! ¿Qué me importan la multitud de sus
sacrificios? – dice el Señor- Estoy harto de holocaustos de carneros y de la
grasa de animales cebados; no quiero más sangre de toros, corderos y
chivos…¡Cesen de hacer el mal, aprendan a hacer el bien! ¡Busquen el derecho,
socorran al oprimido, hagan justicia al huérfano, defiendan a la viuda! Vengan y
discutamos –dice el Señor- (Isaías 1: 10-20). Queda claro que en esta lectura
profética del relato el tema tiene que ver con el derecho aplicado
a
poblaciones vulneradas en su dignidad. Es muy posible que hoy sean nuestras
comunidades de fe las que cometen del pecado de los lideres de Sodoma y el
pueblo de Gomorra cuando no salimos a las calles de nuestras ciudades
para garantizar el derecho de todo ciudadano independiente de su orientación
sexual.
El profeta Jeremías al hacer memoria de este evento dice: “…Pero entre los
profetas de Jerusalén he visto cosas horribles: son adúlteros, viven en la
mentira, tienden la mano a los malhechores ¡Y así nadie se convierte de
su maldad” Todos ellos son para mi como Sodoma y Gomorra” (Jeremías 23:
14)
Muchas veces durante la dictadura militar en Argentina hemos visto a
quienes tenían que tener una voz profética tender la mano a los malhechores y
ese silencio impidió la conversión de aquellos que pisoteaban el derecho dejando
el tendal de huérfanos de los cuales se apropiaron y de viudas que hasta el día
de hoy se niegan a ser consoladas si no hay previamente justicia y verdad porque
no quieren seguir viviendo en la mentira. La dimensión social y
la responsabilidad ante las poblaciones vulneradas en su dignidad y derecho
es el pecado de Sodoma y Gomorra.
La posición del profeta Ezequiel es aún más clara: “Esta fue la inequidad de
tu hermana Sodoma: soberbia, buena mesa y total despreocupación. Además de esto,
ella y sus hijas no socorrieron al pobre y al indigente, se enorgullecieron y
cometieron abominación en mi presencia. Por eso las rechacé, como tú lo has
visto” (Ezequiel 16, 49-50) Esta afirmación no es un anacronismo. La abominación
tiene que ver con aspectos sociales que aún hoy claman al cielo por justicia. La
soberbia de aquellos que tienen una buena mesa a costa del hambre de muchos y
muchas en sociedades construidas en la total despreocupación por los recursos en
un ecosistema puesto en total riesgo.
La única vez que Jesús de Nazaret nombra a estas ciudades no lo hace con
relación a ninguna situación sexual sino que tiene claramente que ver con la
hospitalidad: “Y si no los reciben ni quieren escuchar sus palabras al irse de
esa casa o de esa ciudad, sacudan hasta el polvo de sus pies. Les aseguro que en
el día del Juicio, Sodoma y Gomorra serán tratadas menos rigurosamente que
esa ciudad” (Mateo 10, 14-15).
Actualmente muchas personas de orientación
sexual (homosexual) han tenido que sacudir el polvo de sus pies y abandonar
muchas de nuestras comunidades de fe
porque no queremos escuchar sus palabras
ni las palabras que nos dicen diferentes organizaciones científicas que han
quitado de su lista de enfermedades la orientación homosexual porque, luego de
largos y apasionados debates, han llegado a la conclusión que no cumple ella
con ninguno de lospresupuesto como para ser considerada enfermedad.
La Bibliografía Olvidada y Escondida
Casi con quince años de anticipación a la visibilidad de la lucha por los
derechos civiles de la población gay y lesbiana, a mediados de la década de
1950 se produce el quiebre de los modelos y paradigmas con los que se había
considerado la homosexualidad. Esos parámetros, que se habían constituido en
el siglo XI y XII, fueron sostenidos sin cambios y sin ser mayormente
cuestionados tanto desde la comunidad científica como desde las diversas
escuelas teológicas independientes de su
adscripción confesional.
Cuando Inglaterra asume la decisión de cambiar la legislación que
criminalizaba la orientación homosexual, el Parlamento británico constituye
una comisión presidida por Lord John Wolfenden y que produce en el año 1957
aquello que justamente se conoce como el Informe Wolfenden[4] Por primera vez
esta comisión recomienda que la conducta homosexual entre adultos que consiente
en privado no puede ya ser considerada una trasgresión o afrenta criminal. Todos
sus miembros menos uno encontraron que “la homosexualidad no puede ser
legítimamente considerada como una enfermedad, porque en muchos casos, esta es
el único síntoma y es compatible en otras áreas con una plena salud mental”.
Estas recomendaciones no fueron fácilmente aplicadas ya que solo en 1967 el
Parlamento inglés finalmente modificó la legislación que discriminalizó la
homosexualidad dejando sin vigencia, con mucha dificultad, aquello que se había
aprobado por Enrique VIII en 1533.
Así como resultó sumamente complicado desmontar un paradigma social también
lo fue y continua siendo, el reconstruir aquello que en tiempos precienfícios se
estableció en el siglo XII. Esta Comisión Wolfenden convocó entre los eruditos a
teólogos y pastores. En este contexto el Canónigo anglicano Derrick Bailey
escribe un estudio detallado y totalmente nuevo de aquellos textos bíblicos
utilizados entonces y aún hoy, desde una lectura fundamentalista que ignora el
contexto histórico en que esos
textos fueron escritos y que permiten romper
con una larga tradición de estigma y discriminación. Fruto de esa investigación
es el libro titulado “Homosexualidad y la Tradición Cristiana Occidental”[5]
donde cuestiona el uso de esos textos y muestra que los mismos no tienen ninguna
relación con aquello que hoy denominamos orientación homosexual.
Asimismo
recorre la interpretación que tanto los Padres de la Iglesia como los teólogos
de la Alta y Baja Edad Media hicieron de estos textos, llegando hasta el siglo
XII de la tradición cristiana cuando, a su criterio se consolida la posición
tradicional que conocemos sin mayores modificaciones significativas. A partir de
su publicación el debate, ya sea favorable o contrario a estos aportes, ha
girado alrededor de las mismas. Lamentablemente este texto nunca fue traducido
al castellano.
Varios años después, en 1976, la misma interpretación de los textos bíblicos
como de la tradición cristiana de las interpretaciones teológicas
relacionadas con la homosexualidad es asumida por un sacerdote católico romano
de la orden de los jesuitas John J. McNeill. Su libro titulado “La Iglesia
ante la Homosexualidad”[6], que al igual como el de Bailey se han constituido
en obras de obligatoria referencia al tratar este tema La publicación de este
estudio ha tenido una complicada historia. Durante años el borrador fue y vino
entre el Vaticano y New York, donde residía el autor. Se le sugirieron diversas
modificaciones que fueron discutidas y aceptadas antes de alcanzar la aprobación
de su iglesia para la publicación. El libro produjo tal impacto tanto dentro
como fuera de esa iglesia que inquieto a la Curia Romana que rapidamente
prohibió a su autor volver a escribir o hablar en público sobre el tema. En
grandes líneas este texto sigue las afirmaciones y propuestas de relectura
bíblica del canónigo anglicano. Si bien este texto mereció la pronta traducción
al castellano ha tenido limitada distribución y nunca se ha intentado su
reimpresión.
El tercer libro que va en el mismo sentido y con una aproximación
científicamente rigurosa al tema es el escrito por John Boswell, quien fuera
profesor de Historia Medieval en la Universidad de Yale en Estados Unidos. Si
bien no es un sacerdote, es fundador dentro de la Iglesia Católica Romana del
movimiento Dignity que tiene como objetivo promover el reconocimiento pleno y la
inclusión incondicional de las personas de orientación homosexual en esa
iglesia. Este estudioso publicó en 1982 la obra “Cristianismo, Tolerancia Social
y Homosexualidad. Los gays en Europa occidental desde el comienzo de la Era
Cristiana hasta el siglo XIV”.[7]
Este estudio de mayor rigor de
investigación tanto en los textos bíblicos como en los documentos que hacen a la
construcción teológica de la iglesia antigua y medieval mereció diversos
reconocimientos académicos justamente por la seriedad de este trabajo.
Conclusión:
Tenemos que tener mucho cuidado de los anacronismos porque
están agazapados viendo a quien devorar. El afirmar que Séneca por el mero hecho
de haber nacido en la
península ibérica es español, es un grave error porque
el concepto de lo que actualmente llamamos español se construyo, según el debate
actual, entre el siglo XVI y XVII. Igualmente si a Alejandro Magno le dijéramos
que él es una persona de orientación homosexual no tendría la menor idea de
aquello que estamos hablando porque en aquel tiempo las personas no se
asumían como tales ni se clasificaban entre sí de esa manera porque la
sexualidad se la vivía con parámetros que iban más allá de una bipolaridad
hetero y homosexual.
Asimismo tenemos que reconocer que los paradigmas bíblicos y teológicos con
los cuales se construyó en el siglo XIV la actitud de las comunidades cristianas
con relación a la homosexualidad se han quebrado en el siglo XIX. El insistir
con antiguos abordajes al tema no es ser
fiel a la tradición sino que es
justamente traicionarla. El contexto actual se ha modificado tanto con los
aportes del mundo científico, cultural y social como en las herramientas del
análisis bíblico. Es sorprendente como muchas comunidades cristianas que en
casi todos los temas tienen un abordaje crítico del texto y el contexto en que
se escribieron los relatos bíblicos, cuando llegan a las versículos aplicados a
la orientación homosexual, vuelven a unalectura literal y fundamentalistas. Este
es también un obstáculo que debemos superar.
En este breve caminar juntas y juntos buscando una mejor comprensión de un
tema tan multifacético como es la orientación sexual, la sexualidad en
general y la orientación homosexual en particular y su relación tanto con el
mundo científico contemporáneo y el abordaje moderno de los textos bíblicos me
propuse como meta el aportar algunas nuevas miradas, clarificación de
vocabulario y rescatar de las sombras textos que nos pueden ayudar a ser
realmente personas y comunidades mucho más hospitalarias con quienes, por su
identidad sexual y de género, han sido y son víctimas de las hogueras de
nuestras cegueras religiosas.
Pastor Lisandro Orlov
Pastoral Ecuménica VIH-SIDA
Iglesia Evangélica
Luterana Unida
Buenos Aires.
[1] Diccionario Enciclopédico Océano. Edición
1993. Barcelona. Volumen
1
[2] Idem. Zurdo/a “Dícese de la persona que usa
la mano o el pie izquierdo
para cosas que la mayoría de las personas hace con
la mano o el pie derecho.
Perteneciente o relativo a la mano izquierda.
Figurativo y familiar: “Al
contrario de cómo se debía hacer”.
[3]
Jennings, Theodore W. “The man Jesus
loved. Homoerotic narratives
from the New Testament” The Pilbrim Press. Ohio
2003
[4]
The Wolfenden Report. Report of the Committee of Homosexual offense
and
Prostitution. Septiembre de 1957
[5]
Bailey, Derrick Sherwin: “Homosexuality and the Western Cristina
Tradition”.
First Published 1955, Logman, Green and Co. Inc. London
[6]
McNeill, John. “La
Iglesia ante la Homosexualidad” Colección
Relaciones humanas y sexología Nº 9.
Ediciones Grijalbo, S.A. Barcelona.
1979
[7] Boswell, John: “Cristianismo, Tolerancia
Social y Homosexualildad. Los
gays en Europa occidental desde el comienzo de la
Era Cristiana hasta el
siglo XIV”. Muchnik Editores. Barcelona.
1992
Comentario tomado de www.laprensa.hn 6 de Agosto 2013 en Artículo titulado: Comunidad gay tiene su propia iglesia en Honduras
No hay comentarios :
Publicar un comentario