Publicado el 19/05/2013
http://youtu.be/tl4cRxA-Ax0
Absurda la distorsión premeditada
que practican ciertos medios de difusión al servicio de sectores
oligárquicos ¡MIENTEN! al asegurar que los campesinos "invaden tierras y
están armados" en sus acciones de recuperar tierras que necesitan
para subsistir. ¿Puede una familia campesina que vive en extrema
miseria comprar un arma de gran calibre para intercambiar fuego con
paramilitares bien entrenados y armados que les atacan por ordenes
de los terratenientes y sus empresas?
HASTA CUANDO LA PERVERSA INFLUENCIA MEDIÁTICA?
Por Américo Roca Dalton
Algunas plumas vendidas, gargantas asalariadas y ensalsados figurines bien pagados de Tv, en su afan de complacer a sus amos,escriben siempre en sus artículos las mismas consignas de libreta que les dan ya hechas,expresan en sus programas de Radio y en la pantalla chica como loritos amaestrados lo que les ordenan decir y aseguran que nuestros campesinos y campesinas en sus justos reclamos de tierra al presentarse a recuperarlas, lo hacen con armas para liarse a tiros con los "pobrecitos y desarmados guardias de seguridad patronales" dotados realmente de armas de uso militar y policíaco. Tambien califican de " invasión ilegal a la propiedad privada" lo que los campesinos reclaman, en muchos casos adjudicada con anterioridad a trabajadores del campo por medio del INA,pero que con tinterilladas,grandes empresarios agricolas y sus empresas se han quedado con esas propiedades que inclusive exceden el techo asignado de acuerdo a la ley.
Por Américo Roca Dalton
Algunas plumas vendidas, gargantas asalariadas y ensalsados figurines bien pagados de Tv, en su afan de complacer a sus amos,escriben siempre en sus artículos las mismas consignas de libreta que les dan ya hechas,expresan en sus programas de Radio y en la pantalla chica como loritos amaestrados lo que les ordenan decir y aseguran que nuestros campesinos y campesinas en sus justos reclamos de tierra al presentarse a recuperarlas, lo hacen con armas para liarse a tiros con los "pobrecitos y desarmados guardias de seguridad patronales" dotados realmente de armas de uso militar y policíaco. Tambien califican de " invasión ilegal a la propiedad privada" lo que los campesinos reclaman, en muchos casos adjudicada con anterioridad a trabajadores del campo por medio del INA,pero que con tinterilladas,grandes empresarios agricolas y sus empresas se han quedado con esas propiedades que inclusive exceden el techo asignado de acuerdo a la ley.
En el reciente acto de barbarie que denunciamos en nuestra página web www.hondurastierralibre.com ocurrido en la Comunidad de Coowle de San Manuel Cortés, donde fue asesinado Valentín y heridos de muerte otros 2 compañeros más que fallecieron posteriormente y hay otros 2 heridos que sobreviven,se ha cometido otro horroroso crimen de Lesa Humanidad que tiene autores intelectuales y materiales y que deben responder ante la justicia tarde o temprano. Pero hay un corifeo de esos que cacarareaban por la Libertad de Expresión recientemente que la convierten a su antojo en libertad de distorsión y no lo hacen gratuitamente desde luego cuando criminalizan a las victimas y enaltecen a los victimarios.
Pedir ahora que se haga justicia es ilusorio frente al fenomeno de colusión existente entre criminales a sueldo, que ejecutan con toda impunidad materializando la acción de asesinar hasta con la protección e indiferencia premeditada de autoridades y los otros criminales de corbata los autores intelectuale,que lo ordenan,pagan y protegen a los delincuentes con la anuencia de algunos fiscales,jueces,magistrados y funcionarios de los otros dos poderes del Estado llamados a ejercer la aplicación de la ley...la repetidamente torcida ley basada en una constitución propia de un estado anacrónico que enaltece y favorece al señor feudal y castiga a los siervos de la gleba.
Es por ello que protestamos por el pueblo que sufre y por el que pedimos incesantemente la SOLIDARIDAD INTERNACIONAL a pueblos y tambien gobiernos progresistas del mundo que en la falsa esperanza de promover aunque sea un leve cambio en el gobierno de Honduras, han reconocido a un régimen limpiándole la cabeza y cara ensangrentada,sin ver que bajo su ropaje mantienen todo el resto del cuerpo ensangrentado por actos de barbarie cometidos contra el pueblo mismo desde el golpe de Estado del 28 de junio 2009 hasta el presente y cuyas acciones represivas son realizadas en un Estado DEGRADADO en exceso donde NO existe el Estado de Derecho, porque es un Estado de derecha y de extrema derecha, que pretenden prolongar según sus mentes calenturientas por 50 años más.
Es por ello que protestamos por el pueblo que sufre y por el que pedimos incesantemente la SOLIDARIDAD INTERNACIONAL a pueblos y tambien gobiernos progresistas del mundo que en la falsa esperanza de promover aunque sea un leve cambio en el gobierno de Honduras, han reconocido a un régimen limpiándole la cabeza y cara ensangrentada,sin ver que bajo su ropaje mantienen todo el resto del cuerpo ensangrentado por actos de barbarie cometidos contra el pueblo mismo desde el golpe de Estado del 28 de junio 2009 hasta el presente y cuyas acciones represivas son realizadas en un Estado DEGRADADO en exceso donde NO existe el Estado de Derecho, porque es un Estado de derecha y de extrema derecha, que pretenden prolongar según sus mentes calenturientas por 50 años más.
Esos medios que actúan en favor de espurios intereses condenando la protesta campesina tambien califican de ilegal la acción de reclamo con toma de tierras,aquí publicamos para su conocimiento un texto que quizá pueda ilustrar su ignorancia y les indique el camino hacia la practica del periodismo investigativo,aunque se nota dificil...pedirle peras al olmo mientras siguen alimentando la PERVERSA INFLUENCIA MEDIÁTICA .
"CERTIFICACIÖN
LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA CORTE DE APELACIONES PENAL CERTIFICA EL FALLO QUE LITERALMENTE DICE: **********"CORTE DE APELACIONES PENAL.- San Pedro Sula, Cortés, seis de
Marzo del dos mil trece.- Vista la anterior Demanda de Amparo
presentada por el Abogado DAVID SHAW ALVAREZ, a favor del señor Neptaly de Jesus Zuniga Fünez y de por lo menos catorce campesinas y campesinos más, contra la resolución de fecha veintisiete de febrero del año en curso, dictada por el Juzgado de Letras de lo Penal de esta.sección judicial, mediante la cual se ordena un desalojo. Admítase la misma bajo la responsabilidad del recurrente CON SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO por estimar esta Corte que de ejecutarse el desalojo haria inütil el amparo al hacer dificil, gravosa o imposible la restitucion de las cosas a su estado anterior, en caso de otorgarse en la sentencia correspondiente el amparo solicitado. Librese comunicacion
al Juzgado de Letras de lo Penal de esta ciudad; para que dentro del
término de tres dias remita a este Tribunal los antecedentes del caso.
Notifiquese el presente auto al Fiscal del Ministerio Püblico para el
cumplimiento de los deberes de su cargo, sin que la ausencia de
apersonamiento del mismo impida la tramitación y resolución del
presente recurso. Articulos 61 de la Ley de Organización y
Atribuciones de los Tribunales; 47, 51, 57 y 59 numeral dos de la Ley Sobre Justicia Constitucional. NOTIFIQUESE.- (F y S) ABOGADA NORMA lRlS COTO SANTOS, MAGISTRADA PRESIDENTA; (F) ABOGADA FATIMA BAIDE DE MENA, MAGISTRADA PROPIETARIA; (F) ABOGADO AMILCAR ANTONIO VALLE
VILLEDA, MAGISTRADO INTEGRANTE; (F y S) ABOG. SIANA GISSELLE MARADIAGA GUZMAN, SECRETARIA."
Extendida en la ciudad de San Pedro Sula, Cortés, a los veinticuatro dias del mes de Abril del año dos mil trece, a solicitud del Abogado David Shaw Alvarez. "
Marzo del dos mil trece.- Vista la anterior Demanda de Amparo
presentada por el Abogado DAVID SHAW ALVAREZ, a favor del señor Neptaly de Jesus Zuniga Fünez y de por lo menos catorce campesinas y campesinos más, contra la resolución de fecha veintisiete de febrero del año en curso, dictada por el Juzgado de Letras de lo Penal de esta.sección judicial, mediante la cual se ordena un desalojo. Admítase la misma bajo la responsabilidad del recurrente CON SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO por estimar esta Corte que de ejecutarse el desalojo haria inütil el amparo al hacer dificil, gravosa o imposible la restitucion de las cosas a su estado anterior, en caso de otorgarse en la sentencia correspondiente el amparo solicitado. Librese comunicacion
al Juzgado de Letras de lo Penal de esta ciudad; para que dentro del
término de tres dias remita a este Tribunal los antecedentes del caso.
Notifiquese el presente auto al Fiscal del Ministerio Püblico para el
cumplimiento de los deberes de su cargo, sin que la ausencia de
apersonamiento del mismo impida la tramitación y resolución del
presente recurso. Articulos 61 de la Ley de Organización y
Atribuciones de los Tribunales; 47, 51, 57 y 59 numeral dos de la Ley Sobre Justicia Constitucional. NOTIFIQUESE.- (F y S) ABOGADA NORMA lRlS COTO SANTOS, MAGISTRADA PRESIDENTA; (F) ABOGADA FATIMA BAIDE DE MENA, MAGISTRADA PROPIETARIA; (F) ABOGADO AMILCAR ANTONIO VALLE
VILLEDA, MAGISTRADO INTEGRANTE; (F y S) ABOG. SIANA GISSELLE MARADIAGA GUZMAN, SECRETARIA."
Extendida en la ciudad de San Pedro Sula, Cortés, a los veinticuatro dias del mes de Abril del año dos mil trece, a solicitud del Abogado David Shaw Alvarez. "
(Firma no reproducible de la Secretaria de la Corte)
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