Editorial Diario Tiempo
Un grupo de abogados
ha presentado a la Corte Suprema de Justicia un recurso de
inconstitucionalidad contra el convenio firmado entre la Comisión para
la Promoción de Alianzas Público-Privadas (COALIANZA) y ejecutivos de la
empresa norteamericana NKG para la construcción de la primera Región
Especial de Desarrollo (RED), comúnmente conocidas como Ciudad Modelo
.La firma de ese
convenio es extremadamente controversial, puesto que se basa en una
legislación inconstitucional, como lo planteó en su momento TIEMPO, el
Diario de Honduras, y varias organizaciones civiles, entre ellas la
Asociación de Juristas de Honduras (AJH).
En noviembre del año
pasado la Corte Suprema de Justicia admitió un recurso de
inconstitucionalidad (769-2011) contra el proyecto de las RED, mientras
el Ministerio Público recibió de la Asociación de Juristas la solicitud
de revisión de los contratos de las Ciudades Modelo, en forma de
denuncia criminal contra los diputados que votaron a favor de la
creación de las RED, acusándolos del delito de traición a la patria.
Diario TIEMPO en su
comentario editorial del 30 de julio/11, cuando el congreso nacional
aprobó la Ley del Estatuto Constitucional de las Redes Especiales de
Desarrollo, planteó lo siguiente:
“Por el hecho de
existir la figura del plebiscito en la legislación hondureña, este caso
debió, por lo menos, haber sido sometido a la consulta directa popular,
dada la trascendencia para la vida de la nación y el destino de nuestro
país. Al ignorar, deliberadamente, ese procedimiento, el congreso
nacional se ha arrogado competencias de asamblea nacional constituyente.
“La Constitución de
la República de Honduras establece, en su artículo 2, que ‘la soberanía
corresponde al pueblo’ y ‘la suplantación de la soberanía popular’ es
traición a la Patria, o sea que ‘la responsabilidad en estos casos es
imprescriptible’. El hecho de haber obviado el plebiscito puede
interpretarse, en este caso, como una extralimitación, máxime cuando esa
ley de las RED es de naturaleza constitutiva.
“El artículo 13 de la
Constitución dice, en relación con la soberanía y la jurisdicción sobre
el territorio nacional, el espacio aéreo y el subsuelo, que ‘el dominio
del Estado es inalienable e imprescriptible’. La violación de estos
mandatos constituye delito de traición a la patria. La mayoría de los
diputados, ante la duda de lo que hacían, justificaron su acción con el
argumento de que ‘era mejor arriesgarse a hacer algo, que no hacer
nada’”.
“Esa Ley del Estatuto
Constitucional de las RED da a los enclaves que se establezcan en
Honduras más prerrogativas y dominio que el enclave bananero del siglo
pasado, por el que nuestro país pasó a ser paradigma de ‘República
Bananera’. Ahí no hay jurisdicción del Poder Judicial: los jueces serán
nombrados por el congreso nacional, a propuesta de los dueños del
enclave.
“Las ‘ciudades
modelo’ serán territorios autónomos, con su propio fuero jurisdiccional,
con sistemas administrativos propios, casi a perpetuidad porque su
duración será de 99 años prorrogables. Como estados virtuales, podrán
firmar convenios y tratados internacionales de comercio y otras
materias, aunque, para taparle el ojo al macho, requerirán la
ratificación del congreso nacional.
“Asimismo,
controlarán la navegación marítima y aérea, el manejo de los puertos,
aeropuertos en los territorios de su jurisdicción, y podrán establecer
su propio régimen tributario, con sus propios impuestos y tasas. El
artículo 12 de la Constitución insiste en que ‘El Estado ejerce
soberanía y jurisdicción en el espacio aéreo y en el subsuelo de su
territorio…’ Nos preguntamos si, por casualidad, se encuentra petróleo u
otra riqueza en algún enclave, ¿quién lo explotará?
“Esto y mucho más hay
en el fondo y el trasfondo de las RED. Pero todo se ha consumado sin
problemas ni escrúpulos, porque en nuestra --¿nuestra?—Honduras actual,
con el colapso de sus instituciones, todo pasa”.
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